A partir de noviembre, entra en vigor una reforma en los subsidios de desempleo, establecida en el Real Decreto-ley 2/202, que eliminará y unificará varias ayudas en un nuevo subsidio por agotamiento de la prestación contributiva de desempleo. Esta modificación busca reorganizar las ayudas y adaptar los beneficios a los perfiles de los desempleados.
Subsidios que desaparecerán en noviembre
Entre las ayudas que serán eliminadas figuran la ayuda económica extraordinaria por desempleo, la Renta Activa de Inserción, la ayuda familiar y el subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares. Estas ayudas se unificarán en un único subsidio por agotamiento de prestación, el cual se ajustará a cada situación personal.
Este nuevo sistema introduce un esquema en tramos:
- Durante los primeros seis meses, se percibirá el 95% del IPREM, equivalente a 570 euros al mes.
- A partir del séptimo mes, el subsidio disminuirá al 90% del IPREM (540 euros).
- Desde el mes 12, la cuantía baja al 80%, con un ingreso de 480 euros mensuales hasta finalizar el subsidio.
Para mayores de 52 años o aquellos con responsabilidades familiares, el nuevo subsidio podrá mantenerse hasta un máximo de 30 meses. Para el resto, solo se concederá durante seis meses, siempre y cuando se haya agotado al menos 360 días de prestación contributiva.
Nuevo subsidio: ¿a quién beneficiará esta reforma?
La reforma también amplía la cobertura para:
- Jóvenes menores de 45 años sin responsabilidades familiares,
- Trabajadores agrarios eventuales,
- Trabajadores transfronterizos en Ceuta y Melilla,
- Víctimas de violencia de género,
- Emigrantes retornados.
A partir de abril de 2025, además, quienes reciban el subsidio podrán trabajar hasta 180 días sin reducir la ayuda, siempre que el trabajo sea a tiempo parcial o completo. También será posible combinar este subsidio con la prestación contributiva, siempre y cuando el salario no supere los 18.900 euros brutos anuales.
Requisitos para acceder a la nueva ayuda de desempleo
A partir de noviembre, los solicitantes que deseen acceder al nuevo subsidio de desempleo deberán cumplir una serie de requisitos específicos. Estos están diseñados para asegurar que los beneficiarios se encuentren en una situación de búsqueda activa de empleo y cumplan con las condiciones establecidas para recibir la ayuda.
Requisitos principales
- Afiliación y alta en la Seguridad Social
Es obligatorio estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social, en un régimen que cubra la contingencia de desempleo. - Situación legal de desempleo
Los solicitantes deben encontrarse en situación legal de desempleo y estar dispuestos a buscar empleo, aceptando una colocación adecuada si se ofrece. - Inscripción como demandante de empleo
Se debe estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción activa mientras se reciba la prestación. - Periodo de cotización
Es necesario haber trabajado y cotizado al menos 360 días en los seis años anteriores a la solicitud. - Edad
No se puede haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación al momento de solicitar la ayuda. - Incompatibilidad con actividades laborales
No se debe realizar ninguna actividad laboral por cuenta propia ni trabajos a tiempo completo por cuenta ajena. - Compatibilidad con otras prestaciones
No se puede cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con la ayuda de desempleo.
Estos requisitos aseguran que el nuevo subsidio se destine a personas en situación de necesidad y con la disposición de reincorporarse al mercado laboral.