Control fiscal más exhaustivo: eliminación del límite de 3.000 euros
El Ministerio de Hacienda, liderado por María Jesús Montero, ha anunciado una medida que intensifica el control sobre los pagos electrónicos y las transacciones financieras en España. Con el nuevo Real Decreto, los bancos estarán obligados a informar a Hacienda de todos los pagos recibidos por Bizum, sin importar su monto. Esto incluye transacciones tan pequeñas como 20 euros, realizadas por autónomos o empresarios.
Esta regulación elimina el umbral de 3.000 euros anuales, que hasta ahora marcaba la obligación de reportar los movimientos al fisco. Además, las entidades financieras tendrán que detallar mensualmente las operaciones, clasificándolas por métodos de pago: tarjetas de crédito, débito, prepago y Bizum.
Más datos para Hacienda: movimientos con tarjetas y cuentas corrientes
Otra novedad relevante es la obligación de remitir anualmente los movimientos de tarjetas de crédito o débito cuando los pagos de un ciudadano superen los 25.000 euros al año. Este control se extiende a todas las entidades financieras, incluidas las extranjeras que operan en España.
En cuanto a las cuentas bancarias, la periodicidad para informar de su uso y titularidad pasa de anual a mensual. Esto permitirá a Hacienda acceder a datos más precisos sobre quiénes son los titulares reales y el saldo promedio de las cuentas en el último trimestre.
¿Qué busca Hacienda con estas medidas?
El objetivo principal es reforzar la lucha contra el fraude fiscal, obteniendo datos más detallados y frecuentes sobre los flujos financieros. Según el Ministerio, esta información mensual se alinea mejor con los plazos de las declaraciones fiscales, como el IVA, y ayudará a detectar actividades económicas no declaradas.
Datos clave del Real Decreto:
- Pagos por Bizum: Reporte obligatorio mensual de todos los movimientos, sin importar la cantidad.
- Control de tarjetas: Informe anual de transacciones que superen los 25.000 euros.
- Cuentas corrientes: Información mensual sobre cuentas bancarias, saldos y titulares.
- Préstamos y efectivo: Obligación de reportar entradas o retiradas de efectivo superiores a 3.000 euros, ahora también para entidades de pago y dinero electrónico.